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* El pleno considera que existe un sesgo desfavorable hacia el género femenino en distribución de candidaturas en los distritos de mayor votación

Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Foto. SeMexico

Por Lucrecia Maldonado | www.semexico.org.mx

SemMéxico. 6 de mayo de 2015.- El pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó revocar la designación de candidaturas para diputados por mayoría relativa efectuada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) por no cumplir a cabalidad con la paridad electoral.

La sentencia se considera que aunque se cumplió formalmente con la paridad de género, no se cumplió con la dimensión material o sustantiva de dicho deber, previsto en el artículo 3, párrafos 4 y 5 de la Ley General de Partidos Políticos.

El pleno consideró que existió un sesgo desfavorable hacia el género femenino en la distribución de las candidaturas en los distritos de mayor votación.

En consecuencia, la Sala Toluca determinó que debe hacerse una nueva designación en la que se atienda a la dimensión sustantiva y material de la paridad de género.

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