En activo, doble Hoy No Circula
* Las autoridades de tránsito y vialidad establecerán operativos para agilizar la circulación ** No podrá circular ningún vehículo utilizado exprofeso para fines publicitarios
Redacción | miércoles 6 de abril de 2016
CIUDAD de MÉXICO, (05 abril 2016). Los autos con engomado rojo, terminación de placas 3 y 4, así como engomado azul, cuyas placas terminan en 9 y 0, suspenderán su circulación este miércoles, debido a la fase 1 de contingencia ambiental que aqueja al Valle de México.
La Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came) informó en un comunicado que, debido a un sistema de alta presión que se localiza en el centro del país, acompañado de altas temperaturas y radiación solar, se imposibilitó la dispersión de contaminantes atmosféricos, registrando el día de hoy a las 17:00 horas, un valor de 156 puntos en el Índice Metropolitano de Calidad del Aire (IMECA) en la estación Ajusco, delegación Tlalpan.
El miércoles 6 de abril, sin considerar tipo de holograma, TODOS los vehículos con engomado color ROJO y/o terminación de placa 3 y 4, así como vehículos con engomado color AZUL y/o terminación de placa 9 y 0 incluyendo permisos y matrículas sin números, además de las motocicletas con terminaciones 3, 4, 9 y 0 deberán suspenderán su circulación.
La industria de competencia federal y local que se encuentre en la ZMVM de los sectores cementero, farmacéutico, químico, hidrocarburos, generación de energía eléctrica, así como aquellas que utilicen solventes en sus procesos de manufactura deberán reducir entre el 30 y 40% de sus emisiones a la atmósfera.
Las estaciones de servicio de gasolina que no tengan instalado y funcionando su sistema de recuperación de vapores deberán suspender actividades.
Adicionalmente:
1. Las autoridades de tránsito y vialidad establecerán operativos para agilizar la circulación.
2. No podrá circular ningún vehículo utilizado exprofeso para fines publicitarios.
3. Se reforzará la vigilancia para retirar de la circulación vehículos ostensiblemente contaminantes.
4. Se sujetarán a esta disposición todos los vehículos automotores de servicio particular y de carga ligeros (automóviles, camionetas tipo van y pick up) con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas distintas a los estados que integran la Came, así como vehículos de carga con placas federales.
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