* PGR omite investigar la orden de abatir y no ha citado a declarar a mandos militares involucrados en la orden de abatir civiles
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Redacción | sábado 2 de abril de 2016
CIUDAD de MÉXICO, (30 marzo 2016). El caso Tlatlaya se encamina a quedar impune. El Juzgado Sexto Militar, dependiente de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), dictó sentencia absolutoria por el delito de infracciones de deberes militares a seis de los siete militares que participaron en la masacre de Tlatlaya.
El séptimo de los acusados fue condenado solamente a 1 año de prisión por el delito de desobediencia, pena que ya compurgó. La sentencia a favor de los militares involucrados sólo pudo ser conocida recientemente por la víctima Clara Gómez González, quien para acceder al expediente debió promover un juicio de amparo diverso debido a la opacidad que subsiste en el caso, informa la Red Todos los Derechos para Todas y Todos (TDT).
Afirma que la exoneración en el fuero militar de los acusados, que confirma la parcialidad de los tribunales militares y las limitaciones de la reciente reforma a la justicia castrense -dado que ésta permite que se realicen juicios paralelos en instancias civiles y militares de manera simultánea-, consolida la impunidad en una de las más graves violaciones al derecho a la vida en la historia reciente.
Esta determinación, ilegal por haberla emitido un tribunal carente de competencia, se suma a otras acciones y omisiones institucionales que muestran una preocupante tendencia a dejar el caso en la opacidad.
En este sentido, agregan, destacan las omisiones de la Procuraduría General de la República (PGR). Como en otros casos de graves violaciones a derechos humanos, la PGR ha fragmentado la investigación integrando varias averiguaciones previas y ha sido reticente a investigar cabalmente a todos los elementos del Ejército que pudieron estar involucrados en los hechos.
Cabe recordar que el 2 de julio de 2015 el Centro Prodh solicitó, en ejercicio de la coadyuvancia a la PGR, que se desahogaran diversas pruebas para investigar la Orden General de Operaciones que instruyó a la unidad castrense involucrada en los hechos “abatir delincuentes en horas de la oscuridad”; entre estas pruebas, la coadyuvancia solicitó que los mandos militares a cargo de emitir y supervisar dicha orden fueran citados a declarar a fin de deslindar responsabilidades por cadena de mando. Sin embargo, tras nueve meses la PGR no ha citado a ningún mando militar, eludiendo así sus deberes y negando un ejercicio elemental de rendición de cuentas.
La absolución en el fuero militar de los involucrados y las omisiones de PGR en la investigación se suman a decisiones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que perpetúan la opacidad en el caso. La CNDH negó a la víctima Clara Gómez González el acceso a la versión íntegra del expediente de seguimiento a la Recomendación 51/2014, argumentando que la Sedena había calificado información del expediente como reservada, en contra de la calificación sobre la publicidad del expediente hecha por el propio Ombudsman anteriormente.
Por otro lado, la Comisión tampoco ha informado de los resultados de su revisión de las órdenes militares vigentes en el país y si éstas contienen instrucciones de “abatir delincuentes”, siendo un hecho público que en el contexto de sus operaciones en terreno las Fuerzas Armadas siguen refiriéndose en estos términos a la privación de la vida humana.
Pese a que la gravedad de este emblemático caso de violación a los derechos humanos debería tener como respuesta una actuación ejemplar de la justicia, las recientes determinaciones apuntan a que la impunidad podría prevalecer en el caso.
Por ello, señala TDT, es fundamental reiterar que diversos procesos continúan abiertos: en la justicia civil federal tres militares están imputados por cargos de homicidio; la PGR aún mantiene abierta la averiguación previa donde se ha solicitado investigar la cadena de mando respecto de la orden de abatir; y, adicionalmente, permanece pendiente el cumplimiento del amparo ganado por Clara Gómez González para que la justicia militar no siga conociendo los hechos, expediente que recientemente ha sido remitido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Frente a este panorama, los organismos de derechos humanos nuevamente advertimos sobre el riesgo de que en este caso emblemático termine imponiéndose la impunidad y, en ese sentido, llamamos nuevamente a que la justicia sea exhaustiva. Especialmente, reiteramos la exigencia de que se investigue la responsabilidad por la emisión de una orden que instruyó a abatir delincuentes, pues de acuerdo con el Relator sobre Ejecuciones Extrajudiciales de la ONU, Sr. Christoph Heyns, esta debe ser indagada cabalmente dado que “las órdenes a oficiales encargados de hacer cumplir la ley nunca pueden consistir en salir y matar criminales; deben consistir en arrestar, y sólo si se prueba necesario, el uso de la fuerza debe ser el mínimo necesario”.
Nota aclaratoria del centro Prodh respecto a la información difundida por PGR sobre el caso Tlatlaya
CIUDAD de MÉXICO, (31 marzo 2016). En relación con la información circulada por la Procuraduría General de la República (PGR) respecto al estado que guarda la investigación del caso Tlatlaya, el Centro Prodh realiza las siguientes precisiones:
1. Efectivamente, la PGR realizó una investigación inicial por la que determinó que en Tlatlaya se cometieron diversos delitos, incluyendo el homicidio de ocho personas. El testimonio de Clara Gómez González y su colaboración con el Ministerio Público fueron fundamentales para que se realizara esta primera consignación.
2. No obstante, como la propia PGR admite al referir que continúa una investigación abierta, los hechos de Tlatlaya aún no han sido plenamente esclarecidos. Subsiste una preocupante discrepancia entre el número de víctimas de ejecución (8 para la PGR, entre 12 y 15 para Comisión Nacional de los Derechos Humanos, CNDH) y no ha sido investigada la responsabilidad por la emisión de una orden que instruyó a la unidad militar involucrada en los hechos a “abatir delincuentes en horas de oscuridad”.
3. Con respecto a lo señalado por la PGR en el sentido de que Clara Gómez González tendría que ratificar el escrito presentado hace nueve meses para que la investigación sea profundizada, es pertinente precisar que la información es incorrecta. En primer lugar, en una de las averiguaciones previas abiertas, la propia PGR acordó negativamente el escrito de la víctima, sin siquiera requerirle su ratificación. Esta negativa fue impugnada y el recurso no ha sido resuelto hasta el día de hoy. En segundo lugar, en la otra averiguación previa, la supuesta necesidad de ratificar es revictimizante y además innecesaria puesto que la identidad de Clara Gómez González ya está plenamente acreditada, amén de que tanto la orden de abatir como la recomendación de la CNDH obran ya en el expediente y tendría que ser la PGR quien oficiosamente investigara su contenido dado la gravedad de los delitos y acorde con los estándares internacionales en materia de derechos humanos.
4. Finalmente, es importante reiterar, como ya lo señalamos en el boletín conjunto, que la existencia de una sentencia absolutoria en el fuero militar se difunde ahora porque es hasta fecha reciente cuando la víctima tuvo certeza legal de su existencia, precisamente por la opacidad que subsiste en el caso. Con ello se suple la omisión de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en cuanto a informar oportunamente a la víctima y a la sociedad sobre dicha determinación en un asunto de interés público. En este sentido, cabe insistir en que la advertencia sobre el riesgo de que el caso quede impune obedece a que en la sentencia militar se exceden los límites del fuero militar y se analiza el fondo de los hechos, lo que podrá ser empleado por la defensa de los tres militares que, como mencionamos, continúan sujetos a proceso y en prisión preventiva acusados de homicidio.
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