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* La Comisión advierte al Instituto de Salud del Estado de México que el personal del hospital General Dr. Gustavo Baz Prada acredite la calidad profesional que ostenta
* ISEM deben gestionar becas educativas a los hijos de la víctima y que velará porque la póliza del seguro popular a la que estén afiliados la esposa y sus hijos permanezca vigente


La directora general del Instituto de Salud del Estado de México, Elizabeth Dávila Chávez es la responsable del hospital General Dr. Gustavo Baz Prada. Foto ISEM

Redacción | martes 16 de agosto de 2016

Toluca, Méx. La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) emitió ayer la recomendación 17/2016 a la directora general del Instituto de Salud del Estado de México, Elizabeth Dávila Chávez, por negligencia médica ocurrida por la muerte de un hombre que llegó lesionado por disparo de arma de fuego a un hospital público de Nezahualcóyotl, quien no recibió la atención médica integral necesaria del personal médico para salvaguardar su vida.

En su investigación, el organismo defensor concluyó que se violó su derecho a la protección de la salud al no recibir la atención médica integral y la violación al derecho a una atención médica libre de negligencia, ya que careció de valoración médica oportuna en su condición de llegar lesionado por arma de fuego.

El ombudsman Baruch Delgado determinó una atención deficiente y falta de tratamiento acertado en manos del personal médico y de enfermería debido al retardo en efectuar los estudios de laboratorio e imagenología (creación de imágenes del cuerpo humano con propósitos clínicos) lo que obstaculizó constatar la gravedad de la afectación.

También se confirmó una inadecuada valoración médica, pues en un primer peritaje técnico y médico institucional que aportó la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico, se concluyó que la lesión ameritaba valoración y tratamiento quirúrgico inmediato, sin embargo sólo se le determinó observación.

En un segundo peritaje, se encontró que el médico responsable sí contaba con datos que mostraron la necesidad de dicho tratamiento, pero únicamente ordenó vigilar la dificultad respiratoria del paciente y nuevos estudios.

La Codhem enfatizó que se vulneró el derecho a una atención libre de negligencia porque los servidores públicos dejaron de cumplir los imperativos éticos y normativos del profesional de la medicina, al desatender las reglas básicas de inmediatez médico-paciente y permitir que el procedimiento de atención se viciara con prácticas nocivas. (Esto se podría evaluar como una negligencia médica total. NdeR).

Entre las recomendaciones que hace la Codhem están que todo el personal médico y de enfermería del hospital General Dr. Gustavo Baz Prada acredite la calidad profesional que ostenta; además, precisa que se deben gestionar becas educativas a los hijos de la víctima y que el ISEM velará porque la póliza del seguro popular con la que se encuentren afiliados la esposa y sus hijos permanezca vigente.

Por otra parte, el hospital debe implementar medidas para que los servidores públicos del nosocomio cumplan con horarios de labores y haya el número suficiente para brindar la atención debida y con ello, prevenir que se repitan los hechos.




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