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* Demandan que homicidio de joven de 16 años sea considerado una ejecución extrajudicial y que violación contra joven sea reconocida como acto de tortura sexual


Por Redacción | miércoles 8 de noviembre de 2017

Ecatepec, Méx., 8 de noviembre.- Los organismos civiles Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio y Justicia Pro Persona A.C., en un comunicado publicado en el boletín de la Red TDT (Red Todos los Derechos para Todas y Todos) de esta semana, publican un comunicado en el cual demandan sanciones específicas para policías municipales de Chimalhuacán.

Las causas del exhorto se originaron porque un jefe de grupo de esta corporación violó a una jovencita de 15 años de edad, y posteriormente ante el reclamo del novio por el abuso sexual cuando iban a ser demandados, en su intento apurado por huir un policía le dispara en dos ocasiones al joven, muriendo después en un hospital. A continuación, el texto íntegro:

ONG exigen sancionar a policías municipales de Chimalhuacán, Estado de México por tortura sexual y ejecución extrajudicial de menores de edad

Estado de México, 6 de noviembre de 2017

El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio y Justicia Pro Persona A.C. exigen que tres policías municipales de Chimalhuacán del Estado de México: P.L.B.R., A.A.H.G. y F.J.A. sean sancionados por los delitos de violación, homicidio y abuso de autoridad, y que se reconozca que los mismos corresponden a actos  de tortura sexual y ejecución arbitraria contra una joven de 15 y su novio de 16 años de edad.

El día de hoy ambas organizaciones presentan ante el Juez Juan José Colón Martínez de los Juzgados de Juicio Oral de Nezahualcóyotl, Estado de México, los alegatos de clausura en el juicio oral de la causa penal  211/2014 bajo la que se juzgan los siguientes hechos:

El 21 de febrero del 2013 a las 22:00 horas, AFF (de 15 años) estaba con su novio VEMC (de 16 años), a bordo de una camioneta en el parque Chimalhuache, lugar al que llegaron los elementos de Seguridad Pública del Municipio de Chimalhuacán, quienes les indicaron a los menores de edad que descendieran del vehículo para interrogarlos.

El jefe de grupo PLBR se llevó a la adolescente a una cancha de fútbol en donde abusó sexualmente de ella, cuando se retiraron los policías del lugar, la víctima le contó lo sucedido a su novio y más tarde a su madre.

Al querer ir a denunciar los hechos, la patrulla 554 tripulada por los mismos policías se estacionó detrás de la camioneta donde iban los familiares de los menores de edad, por lo que el menor le reclamó a PLBR el abuso sexual contra su novia. Los policías trataron de retirarse del lugar echándose de reversa y chocando con otro automóvil, cuando el joven de 16 años trató de detener la patrulla uno de los policías le disparó en dos ocasiones, lo que le causó la muerte una vez estando en el hospital.

A lo largo de estos 4 años ambas familias han buscado justicia, la cual se definirá luego de los alegatos de clausura que se presentarán en la audiencia a realizarse hoy lunes 6 de noviembre a las 15:00 horas, en los juzgados de juicios orales de Nezahualcóyotl, Estado México.

Actualmente los tres policías se encuentran en prisión siendo juzgados, por lo que familiares y organizaciones acompañantes exigimos que el homicidio del joven de 16 años sea también considerado una ejecución extrajudicial y que la violación contra la joven sea reconocida como un acto de tortura sexual, por parte de agentes municipales.

Llamado al Poder Judicial del Edomex

Frente a la dilación y los obstáculos que ambas familias han atravesado para acceder a la justicia por las violaciones a los derechos humanos contra los jóvenes, como organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres, hacemos un llamado al Poder Judicial del Estado de México para que:

- Se garantice de manera de manera efectiva el acceso a la justicia, el derecho a la verdad y la reparación integral del daño para ambas familias y para la joven AFF.

- La sentencia individualice los delitos de violación, homicidio y abuso de autoridad, y que al haberse establecido el carácter de servidores públicos, se reconozca para efectos de derecho a la verdad y reparación, que dichas conductas corresponden a actos de tortura sexual y ejecución arbitraria conforme a los tratados y estándares internacionales de derechos humanos, como se orientó mediante amicus curiae presentados por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) y el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF).

- Se establezcan medidas de reparación integral del daño, con base en el reconocimiento de responsabilidad por parte de agentes del Estado, en particular por el municipio de Chimalhuacán, Estado de México.

- Se establezcan medidas de seguridad para familiares y representantes, quienes en la búsqueda de justicia, además de la revictimización enfrentan obstáculos y represalias por su exigencia.

- La resolución de dicha sentencia se realice con base en los más altos estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos y bajo el cobijo de los tratados en la materia firmados y ratificados por México.

Hacemos un llamado a las Organizaciones No Gubernamentales a nivel nacional e internacional para que estén atentas de dicha sentencia y desde diversos espacios se unan a la exigencia de justicia para que las violaciones a los derechos humanos cometidas contra los jóvenes no queden impunes.



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