* Para la magistrada del Sexto Tribunal Unitario de Toluca los “hechos ni siquiera configuran un delito”; ex director que lleva 2 años y 9
meses preso en el mismo penal del que fue director no debe estar procesado
La PGR acusó a Valentín Cárdenas de omitir enviar la alerta del Código Rojo por el sistema de emergencia de los radios transcriptores cuando se enteró de la fuga de "El Chapo". (Archivo). |
Red-Accion | Toluca,
Méx., miércoles 4 de julio de 2018
Un tribunal federal ordenó dejar en libertad al ex director
del Penal Federal del Altiplano, Valentín Cárdenas Lerma, al estimar que no
existen evidencias que acrediten que propició la última fuga de Joaquín
"El Chapo" Guzmán, el 11 de julio de 2015.
La magistrada del Sexto Tribunal Unitario de Toluca, Olga
María Josefina Ojeda Arellano, concedió al ex funcionario un amparo en el que
ordena revocar la formal prisión que lo mantiene preso por el delito de evasión
de un preso acusado de delitos contra la salud.
Por su parte, los defensores solicitaron por escrito a la
magistrada Ojeda Arellano para que requiera al Quinto Tribunal Unitario el
cumplimiento de la sentencia de amparo de forma inmediata y en un plazo de tres
días, publica Reforma.
De acuerdo con el fallo, apunta el periódico, "lo
procedente es conceder el amparo y protección de la justicia de la Unión, a fin
de que la autoridad responsable magistrado Quinto Tribunal Unitario del Segundo
Circuito (con sede en Toluca), siguiendo los lineamientos de esta sentencia,
deje insubsistente el acto reclamado y en su lugar revoque la determinación
apelada y dicte auto de libertad por falta de elementos para procesar con las
reservas de ley a favor de Valentín Cárdenas Lerma".
La Procuraduría General de la República (PGR) acusó a
Cárdenas Lerma de haber sido omiso para enviar la alerta del Código Rojo, a
través del sistema de emergencia de los radios transcriptores, cuando se enteró
de la fuga de "El Chapo", quien desapareció de su celda a las 20:52
horas del 11 de julio de 2015 y a las 21:17 horas huyó por el túnel que había
construido. Sólo que esa noche el presunto inculpado estaba en la Ciudad de
México.
Al respecto, continúa el fallo, "No existen datos
suficientes para estimar que las omisiones atribuidas al quejoso hayan sido
favorecedoras de la sustracción del interno; toda vez que al no ser exigible
una conducta diversa al quejoso y posteriores a la evasión, entonces la
inactividad del (acusado) no es configurativa del elemento integrante del
antisocial que atañe al favorecimiento de la evasión".
Ante ello, los abogados defensores de Valentín Cárdenas, Alberto
del Río Azuara y Jesús Moreno de Leija, indicaron que si bien se trata de un
amparo concedido por un tribunal unitario y, por ende, puede impugnarse con un
recurso de revisión, lo cierto es que con las nuevas normas vigentes su cliente
puede quedar en libertad, precisa la información.
Los hechos ni
siquiera configuran un delito
Agrega que los defensores citan que con la reforma del
artículo 77 de la Ley de Amparo, en los casos donde se reclamen determinaciones
que restringen la libertad, “la sentencia de un juicio de garantías tendrá
efectos inmediatos, aunque después pueda ser revocada mediante el recurso de
revisión, aún más cuando el amparo no se concedió por vicios formales”.
Es por ello que los defensores solicitaron por escrito a la
magistrada Ojeda para que requiera al Quinto Tribunal Unitario el cumplimiento
de la sentencia de amparo de forma inmediata -sin necesidad de esperar a que
cause ejecutoria-, en un plazo de 3 días.
Por haber sido omiso para enviar la alerta del Código Rojo
fue por lo que la PGR acusó a Cárdenas, quien desapareció de su celda a las
20:52 horas del 11 de julio de 2015 y escapó de prisión por el túnel que había
construido a las 21:17 horas.
A las 22:30 horas el ex director ingresó al Altiplano y fue
hasta ese momento en que se activaron los protocolos de seguridad -prosigue el
informe-, y como a "El Chapo" sólo le tomó 25 minutos cruzar el
túnel, la PGR acusó a Cárdenas Lerma “de favorecer la fuga de manera consiente
y dolosa”.
Para la magistrada Ojeda Arellano, “estos hechos ni siquiera
configuran un delito” y por ello el ex director que lleva 2 años y 9 meses
preso en el mismo penal del que fue director, no debe estar procesado.
Por la fuga de Joaquín Guzmán Loera, de un total de 20
servidores públicos, hasta hoy sólo han quedado libres Reyes Amyr Mota
Carrillo, agente de la Policía Federal, y Leonor García García, ex directora
Jurídica del Altiplano. (Fuente: Reforma).
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