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* Para la magistrada del Sexto Tribunal Unitario de Toluca los “hechos ni siquiera configuran un delito”; ex director que lleva 2 años y 9 meses preso en el mismo penal del que fue director no debe estar procesado 
 
La PGR acusó a Valentín Cárdenas de omitir enviar la alerta del Código Rojo por el sistema de emergencia de los radios transcriptores cuando se enteró de la fuga de "El Chapo". (Archivo).

Red-Accion | Toluca, Méx., miércoles 4 de julio de 2018

Un tribunal federal ordenó dejar en libertad al ex director del Penal Federal del Altiplano, Valentín Cárdenas Lerma, al estimar que no existen evidencias que acrediten que propició la última fuga de Joaquín "El Chapo" Guzmán, el 11 de julio de 2015.

La magistrada del Sexto Tribunal Unitario de Toluca, Olga María Josefina Ojeda Arellano, concedió al ex funcionario un amparo en el que ordena revocar la formal prisión que lo mantiene preso por el delito de evasión de un preso acusado de delitos contra la salud.

Por su parte, los defensores solicitaron por escrito a la magistrada Ojeda Arellano para que requiera al Quinto Tribunal Unitario el cumplimiento de la sentencia de amparo de forma inmediata y en un plazo de tres días, publica Reforma.

De acuerdo con el fallo, apunta el periódico, "lo procedente es conceder el amparo y protección de la justicia de la Unión, a fin de que la autoridad responsable magistrado Quinto Tribunal Unitario del Segundo Circuito (con sede en Toluca), siguiendo los lineamientos de esta sentencia, deje insubsistente el acto reclamado y en su lugar revoque la determinación apelada y dicte auto de libertad por falta de elementos para procesar con las reservas de ley a favor de Valentín Cárdenas Lerma".

La Procuraduría General de la República (PGR) acusó a Cárdenas Lerma de haber sido omiso para enviar la alerta del Código Rojo, a través del sistema de emergencia de los radios transcriptores, cuando se enteró de la fuga de "El Chapo", quien desapareció de su celda a las 20:52 horas del 11 de julio de 2015 y a las 21:17 horas huyó por el túnel que había construido. Sólo que esa noche el presunto inculpado estaba en la Ciudad de México.

Al respecto, continúa el fallo, "No existen datos suficientes para estimar que las omisiones atribuidas al quejoso hayan sido favorecedoras de la sustracción del interno; toda vez que al no ser exigible una conducta diversa al quejoso y posteriores a la evasión, entonces la inactividad del (acusado) no es configurativa del elemento integrante del antisocial que atañe al favorecimiento de la evasión".

Ante ello, los abogados defensores de Valentín Cárdenas, Alberto del Río Azuara y Jesús Moreno de Leija, indicaron que si bien se trata de un amparo concedido por un tribunal unitario y, por ende, puede impugnarse con un recurso de revisión, lo cierto es que con las nuevas normas vigentes su cliente puede quedar en libertad, precisa la información.

Los hechos ni siquiera configuran un delito

Agrega que los defensores citan que con la reforma del artículo 77 de la Ley de Amparo, en los casos donde se reclamen determinaciones que restringen la libertad, “la sentencia de un juicio de garantías tendrá efectos inmediatos, aunque después pueda ser revocada mediante el recurso de revisión, aún más cuando el amparo no se concedió por vicios formales”.

Es por ello que los defensores solicitaron por escrito a la magistrada Ojeda para que requiera al Quinto Tribunal Unitario el cumplimiento de la sentencia de amparo de forma inmediata -sin necesidad de esperar a que cause ejecutoria-, en un plazo de 3 días.

Por haber sido omiso para enviar la alerta del Código Rojo fue por lo que la PGR acusó a Cárdenas, quien desapareció de su celda a las 20:52 horas del 11 de julio de 2015 y escapó de prisión por el túnel que había construido a las 21:17 horas.

A las 22:30 horas el ex director ingresó al Altiplano y fue hasta ese momento en que se activaron los protocolos de seguridad -prosigue el informe-, y como a "El Chapo" sólo le tomó 25 minutos cruzar el túnel, la PGR acusó a Cárdenas Lerma “de favorecer la fuga de manera consiente y dolosa”.

Para la magistrada Ojeda Arellano, “estos hechos ni siquiera configuran un delito” y por ello el ex director que lleva 2 años y 9 meses preso en el mismo penal del que fue director, no debe estar procesado.

Por la fuga de Joaquín Guzmán Loera, de un total de 20 servidores públicos, hasta hoy sólo han quedado libres Reyes Amyr Mota Carrillo, agente de la Policía Federal, y Leonor García García, ex directora Jurídica del Altiplano. (Fuente: Reforma).




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