* Establece una Ley para el Estado Vaticano y unas Líneas
guías para su aplicación; también garantizar a imputados un proceso justo con
respeto a la presunción de inocencia
El Papa Francisco durante el Encuentro de Protección de Menores en febrero pasado. Foto Vatican Media. |
Red-Accion | Ecatepec,
Méx., domingo 31 de marzo de 2019
El Vaticano difundió, este viernes 29 de marzo, el contenido
de la Carta Apostólica en forma Motu
Proprio sobre la protección de menores y de personas vulnerables, junto con
una Ley para el Estado Vaticano y unas Líneas guías para su aplicación, publicó
en esta fecha la agencia católica ACI
Prensa.
La Ley consta de 12 artículos que detallan el ámbito de
aplicación, procedimiento, obligación de denuncia y medidas de protección que afectan
a la investigación de los casos, el juicio y el proceso de reparación a las
víctimas, y las Líneas guías son una definición concreta de los casos de abusos
y de acciones prohibidas a los trabajadores pastorales, precisa otra parte del
texto.
“Por medio de esos documentos, el Papa establece la
obligación de denunciar ante la justicia vaticana los casos de abusos a menores
y a personas vulnerables cuando se tenga conocimiento de un caso”.
Este Motu Proprio
llega más de un mes después de clausurarse en el Vaticano el Encuentro sobre
Protección de Menores -efectuado del 21 al 24 de febrero de 2019-, en el que se
anunciaron una serie de normativas y códigos legales destinados a proteger a
los menores en la Iglesia y a prevenir los abusos.
En concreto, entre esas iniciativas, se había anunciado este
nuevo Motu Proprio del Papa
Francisco, subraya ACI Prensa.
Según indica el pontífice en el inicio de su Carta
Apostólica, “la tutela de menores y de personas vulnerables forma parte
integrante del mensaje evangélico que la Iglesia y todos sus miembros están
llamados a difundir en el mundo”.
Por ello “deseo reforzar aún más el marco institucional y
normativo para prevenir y combatir los abusos contra los menores y las personas
vulnerables” en la Iglesia, destaca el Papa.
El objetivo es -continua la nota-, que en la Curia Romana y
en el Vaticano haya “una comunidad respetuosa y consciente de los derechos y
necesidades de los menores y de las personas vulnerables”. También, que “se
madure en la conciencia del deber de señalar los abusos ante las autoridades
competentes”.
Además, se pretende que “se persiga eficazmente, de acuerdo
con la ley, todo abuso o maltrato a menores o personas vulnerables”.
Que “se reconozca a aquellos que afirman haber sido víctimas
de explotación, de abusos sexuales o de maltrato, así como a sus familias, el
derecho a ser acogidos, escuchados y acompañados”.
Se busca, asimismo, que “se ofrezca a las víctimas y a sus
familias una sanación pastoral además de un adecuado apoyo espiritual, médico,
psicológico y legal”, cita la información.
Y por lo que se refiere a los sacerdotes que incurran en supuestos
hechos ilícitos, se pide también que “se garantice a los imputados el derecho a
un proceso justo e imparcial, en el respeto a la presunción de inocencia”.
Que “se expulse de sus encargos al condenado por haber
abusado de un menor o de una persona vulnerable y, al mismo tiempo, que se le
ofrezcan las medidas adecuadas para su rehabilitación psicológica y espiritual,
con el objetivo de su reinserción social”.
También se busca que “se haga todo lo posible para
rehabilitar la buena fama de aquellos que han sido acusados injustamente”. Por
último, el Motu Proprio busca que “se
ofrezca una formación adecuada para la tutela de menores y de las personas
vulnerables”.
Que se requiere
Para lograr esos objetivos, el Papa Francisco, por medio de
este Motu Proprio, establece que
todos los miembros, oficiales y empleados de la Curia, del personal diplomático
de la Santa Sede, personal del Estado Vaticano y cualquier persona con mandato
administrativo o judicial de la Santa Sede lo siguiente:
“Están obligados a presentar, sin demora, una denuncia al
promotor de justicia del tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano siempre
que, en el ejercicio de sus funciones, tengan noticia o fundados motivos para
pensar que un menor o una persona vulnerable haya sido víctima” de los delitos
de abusos en sus diferentes formas.
El Papa establece también que a las víctimas se les ofrecerá
“asistencia espiritual, médica y social, incluida asistencia terapéutica y
psicológica de urgencia”.
Ordena, además, que “la Oficina de Trabajo de la Sede
Apostólica organizará, de acuerdo con el Servicio de acompañamiento de la
Dirección de Sanidad e Higiene, programas de formación para el personal de la
Curia Romana y de las Instituciones vinculadas con la Santa Sede acerca de los
riesgos en materia de explotación, de abuso sexual y de maltrato a menores y a
personas vulnerables, así como los medios para identificar y prevenir tales
ofensas y de la obligación de denuncia”.
El Papa Francisco pronuncia discurso final en el encuentro de protección de menores. Foto Vatican Media.
En el punto 5 del Motu Proprio se determina que “en la selección y en la contratación del personal de la Curia Romana y de las instituciones vinculadas a la Santa Sede, incluidas aquellas que prestan colaboración de forma voluntaria, debe comprobarse la idoneidad del candidato a la hora de interactuar con menores y con personas vulnerables”.
Por último, el Motu
Proprio incide en que “los Dicasterios de la Curia Romana y las instituciones
vinculadas a la Santa Sede que tengan acceso a menores o a personas vulnerables
deben adoptar, con la asistencia del Servicio de acompañamiento de la Dirección
de Sanidad e Higiene, buenas praxis y líneas guía para la tutela”.
Ley del Vaticano y
Líneas guía
Junto con el Motu
Proprio se ha publicado una Ley para el Estado de la Ciudad del Vaticano y
unas Líneas guía, señala ACI Prensa.
La Ley consta de 12 artículos en los que se detalla el
ámbito de aplicación, el procedimiento, la obligación de denuncia, las medidas
de protección y detalles que afectan a la investigación de los casos, el juicio
y el proceso de reparación a las víctimas.
Como elementos importantes de esta ley se
establece que los delitos de abusos no podrán prescribir en 20 años. La Ley
establece penas que van desde los mil a los 5 mil euros de multa, o incluso
hasta 6 meses de prisión, si afecta a un agente u oficial de policía judicial,
a los responsables de omisión de denuncia, o de retraso injustificado al presentar
la denuncia.
Por su parte, como elementos destacados de las líneas guía, se encuentra una definición concreta de los casos de abusos y de acciones
prohibidas a los trabajadores pastorales: “infligir castigos corporales de
cualquier tipo; instaurar una relación preferencial con un menor; dejar a un
menor en una situación potencialmente peligrosa para su seguridad psíquica o
física”.
“Dirigirse a un menor de forma ofensiva o asumir
comportamientos inapropiados o sexualmente alusivos; discriminar a un menor o a
un grupo de menores; pedir a un menor que mantenga un secreto; hacer regalos a
un menor discriminando al resto del grupo; fotografiar o filmar a un menor sin
el consentimiento escrito de sus padres o tutores; publicar o difundir por
internet o redes sociales imágenes que retraten de forma reconocible a un menor
sin el consentimiento de sus padres o tutores”.
Para ello, se recomienda a los trabajadores pastorales que
“empleen la prudencia y el respeto en las relaciones con los menores; formar
modelos de referencia positivos; permanecer siempre visibles a los demás cuando
están en presencia de menores; señalar al responsable de cualquier
comportamiento potencialmente peligroso”.
“Respetar la esfera de privacidad del menor; informar a los
padres o tutores de la actividad que se propone o de las modalidades
organizativas; usar la debida prudencia en la comunicación con los menores,
también por vía telefónica o por medio de las redes sociales”, puntualiza el
texto vaticano.
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