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Proyecto Integral Morelos1

El presente reportaje consta de 9 apartados. Describe la lucha de los pueblos nahuas de Morelos, Puebla y Tlaxcala contra la construcción de una termoeléctrica, un gasoducto y un acueducto que inició en el año 2012, y que el actual Gobierno retomó. Afirman que atentan contra su territorio, cultura, lengua y organización ancestral, es decir, contra lo que son y quieren seguir siendo. Por eso, en este trabajo... hablan los pueblos.

1) Samir Flores, una vida en la lucha, 2) La traición y la consulta, 3) El inicio, así fue como nos dimos cuenta, 4) La termoeléctrica de la discordia, 5) Un gasoducto en las faldas del volcán, 6) Un acueducto contra los campos de Ayala, 7) Mujeres, el movimiento que las sacó de sus casas, 8) La lucha jurídica y 9) Empresas y gobiernos. Sus palabras, sus acciones.

Martes 1 de octubre de 2019

LA LUCHA JURÍDICA

Dos importantes resolutivos a su favor obtuvieron las comunidades opositoras al Proyecto Integral Morelos en mayo y julio del 2019. Uno contra el desechamiento de los amparos que promovieron el 18 de febrero de 2019 (dos días antes del asesinato de Samir) reclamando que la consulta presidencial del 23 y 24 de febrero sobre el funcionamiento del PIM violó su derecho a la consulta indígena y libre determinación. El otro, de finales de junio, representa el triunfo jurídico más importante en siete años de lucha, pues un juez otorgó la suspensión de plano al ejido de Amilcingo sobre la operación del Gasoducto Morelos, con lo cual se protege a las 60 comunidades afectadas, “pues al no poder pasar el gas natural por la comunidad de Amilcingo, el gasoducto no puede operar en el resto de su trayecto para alimentar a la central termoeléctrica en Huexca”, explicó el Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y Agua (FPDTA) Morelos, Puebla, Tlaxcala.

La suspensión fue otorgada por la ocupación ilegal de tierras que realizó el Gasoducto Morelos en el ejido de Amilcingo, “donde el tubo se instaló con la presencia de la fuerza pública estatal, federal y ejército, resultando 5 compañeros baleados el 13 de abril de 2014”.


La suspensión de la operación del gasoducto en Amilcingo se suma también a la suspensión definitiva que fue otorgada a Huexca para impedir la contaminación del Río Cuautla con las aguas de descarga de la termoeléctrica, así como a las suspensiones de plano de por lo menos tres ejidos de Ayala contra el funcionamiento del acueducto y al amparo ganado en Atlixco por cuatro comunidades, lo que “sienta un precedente para el resto de las comunidades no consultadas”, destacó el FPDTA.

A pesar de que existen diez amparos promovidos por once comunidades indígenas que integran el Frente, en los que se denuncia la violación al derecho de autodeterminación de los pueblos nahuas del volcán, y de que existen recomendaciones emitidas por organismos nacionales que documentaron la violación al derecho a la consulta y la falta de seguridad del PIM en torno al volcán Popocatépetl, “ninguno de los amparos de pueblos indígenas y Recomendación de la CNDH tuvieron la fuerza suficiente para parar las actividades de transporte de hidrocarburos que, según el Estado, es de interés social, aun cuando existan inminentes deficiencias de seguridad en su instalación”, indicó el FPDTA en un comunicado.

El otro proceso jurídico reciente (mayo de 2019) a favor de las comunidades opositoras y un revés para la intención de poner en funcionamiento la termoeléctrica, el gasoducto y el acueducto, fue que el Primer y Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa resolvieron las quejas 62/2019 y 55/2019 respectivamente, interpuestas por las comunidades de Huexca, Jantetelco, Amayuca, Amilcingo, Santa María Zacatepec, San Damian Texoloc, San Jorge Tezoquipan y San Vicente Xiloxochitla de los estados de Morelos, Puebla y Tlaxcala, contra el desechamiento de los amparos que promovieron estas comunidades reclamando la violación a su derecho a la consulta indígena.

Esta resolución fue contra la decisión de los juzgados Primero y Cuarto de Distrito con sede en Puebla, que habían desechado los amparos 199/2019 y 209/2019 por considerar que la consulta promovida por López Obrador no era un acto de autoridad, y que las comunidades afectadas no tenían interés legítimo en la consulta y el proyecto.

Pero el Segundo Tribunal Colegiado manifestó que el Juez de Distrito no debió desechar la demanda, y señaló que “la realización de la consulta de mérito y su resultado aprobatorio por la mayoría de los encuestados, abre la puerta a la inminente concreción del Proyecto Integral Morelos, con lo que es patente que se estaría modificando, de manera unilateral, la situación jurídica de los quejosos, respecto de su derecho a que se les dote como pueblos y comunidades indígenas, de una protección especial, en la que se garantice su participación efectiva en las medidas administrativas que se lleven a cabo dentro de su territorio que puedan llegar a impactar su entorno o hábitat, como es la construcción de una planta termoeléctrica, un acueducto y gasoducto”.


Además de aludir al cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, que les da derecho a una consulta libre, previa, informada, de buena fe y adecuada culturalmente, las comunidades afectadas manifestaron ante los Tribunales Colegiados que “es inequitativo e injusto que los resultados de una votación general determinen el impulso de las autoridades responsables para culminar la construcción del proyecto y su funcionamiento, tal y como sucedió después de haberse desechado la demanda, pues la consulta se llevó a cabo el 23 y 24 de febrero de 2019, en la que las comunidades que no son afectadas o involucradas bajo un interés jurídico o legítimo en el Proyecto Integral Morelos, decidieron sobre la votación de las personas afectadas directamente; lo que motivó que el Presidente de la República, al día siguiente, determinara continuar con el proceso de construcción y funcionamiento del PIM”.

Pero “no nos engañemos”, dice Juan Carlos Flores, “no son las vías legales las que tienen detenido al proyecto, ésas son un escudo más, pues el guerrero es el pueblo que sigue combatiendo, y ahí radica la fuerza de la lucha contra el PIM”.

El nudo legal y la resistencia

El abogado y activista Juan Carlos Flores Solís fue detenido el 7 de abril de 2014, cuando salía de una reunión con la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Puebla, a donde había ido a interponer una queja por la detención, un día antes, de Enedina Rosas, otra compañera del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua (FPDTA) Morelos, Puebla y Tlaxcala, acusada de robo agravado y de oposición a la obra pública. Más de 40 policías se presentaron para aprehender al joven activista de origen poblano. Lo acusaron de motín, despojo, ataques a obra hidráulica y extorsión y, diez meses después, salió libre por falta de fundamento de las acusaciones.

Ya en libertad, y a pesar de que continuaron la ola represiva, las órdenes de aprehensión y el hostigamiento a las comunidades opositoras, Juan Carlos se reincorporó a una lucha que no abandonó ni siquiera en prisión. Se tituló en Derecho y es quien representa al Frente de Pueblos en sus procesos jurídicos de defensa del territorio.


Más de 30 amparos se han interpuesto contra el PIM en Morelos, Tlaxcala y Puebla, con diferentes abogados y distintas organizaciones de derechos humanos, pero la gran mayoría no ha prosperado. Actualmente, explica el abogado, tres diferentes amparos mantienen detenido el proyecto. Se destacan los que han presentado los ejidatarios de Ayala, que son amparos agrarios fundamentados en que quieren llevarse algo, en este caso el agua, que es de su propiedad. De este tipo se han interpuesto varios y tres siguen vivos. El primero de estos amparos lo presentó Jorge Zapata, el nieto de Emiliano Zapata, y se siguieron en cascada, lo que mantiene suspendida la construcción del acueducto y que se lleven su agua.

El otro tipo de amparo que mantiene detenido el proyecto es el que interpusieron en 2014 cuatro comunidades indígenas del Atlixco, Puebla, mismo que se confirmó en enero del 2019, en el sentido de que se les violó el derecho a la autodeterminación de los pueblos y el derecho a la consulta libre, previa e informada, culturalmente adecuada y de buena fe. Un Tribunal Colegiado determinó que se tienen que realizar nuevos permisos de impacto ambiental, de licencias de construcción, de uso de suelo, y que se consulte a las cuatro comunidades, pero, advierte Flores Solís, no son las únicas cuatro comunidades indígenas afectadas, sino todas a las que atraviesa el trazo del gasoducto. Este amparo ganado es el único concluido completamente y anula los permisos de construcción del gasoducto.

Entonces, recapitula, hay un nudo legal por llevarse el agua a la termoeléctrica, hay otro con la construcción del gasoducto en Atlixco y el tercero es el amparo interpuesto por Huexca contra la contaminación del río Cuautla por las aguas de descarga de la termoeléctrica.

Ya con la actual administración de Andrés Manuel López Obrador, y luego de la consulta que organizó sobre el PIM en febrero de este año, se interpusieron ocho amparos más, por considerar la consulta “ilegal, ilegítima y amañada, algo a lo que no se le puede llamar consulta ni encuesta, porque hasta estaban ofreciendo bajar el precio de la luz a quien votara a favor de la termoeléctrica”. Contra este ejercicio se presentaron tres amparos antes y cinco después, uno de ellos agrario, por el gasoducto.

El abogado sostiene que ha sido un proceso legal muy largo, repleto de “chicanadas”, que van desde “que no es claro el acto" hasta "que no se parece tu firma, y aunque lo aclares y ratifiques la firma, te desechan el amparo”. Los jueces de Distrito les manifestaron que en el caso de la consulta, como no es vinculante ni era obligatoria, no procede el amparo, pues no es un acto de autoridad. “Esto nos dijeron en los primeros tres amparos, pero el presidente dijo que con los resultados de la consulta él autorizaría e impulsaría el funcionamiento del PIM, lo cual la hace vinculante y pone en riesgo a las comunidades”, explica Flores.


En el caso del gasoducto ya hay una afectación con que hayan rascado la tierra y puesto un tubo de metal, “pero lo que realmente afecta es el transporte del gas natural y el funcionamiento del proyecto”. Y el argumento de que 23 mil millones de pesos se perderían por este proyecto “es sólo culpa de ellos”, aclara.

A pesar de las irregularidades, Juan Carlos Flores confía en que los amparos detenidos tengan el mismo destino que los demás: “que nos concedan que se violó el derecho de autodeterminación de los pueblos y se suspenda y revise el proyecto”. Pero la realidad, lamenta, es que “pisotean los amparos y existe el riesgo de que aun ganándolos quieran iniciar las operaciones”.

Para los pueblos, sin embargo, los amparos siguen siendo una herramienta ante las acusaciones de que no quieren ese "progreso" y “con esto demostramos que no somos ignorantes ni somos opositores al desarrollo, sino que estamos defendiendo nuestros derechos y defendiendo la vida”, señala el activista.


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(1) Este reportaje, publicado en DERECHO DE RÉPLICA.HABLAN LOS PUEBLOS, por medio de http://www.desinformemonos.org es coordinado y dirigido por Gloria Muñoz Ramírez, y en él participan en Fotografía: Miguel Tovar; Video adicional: Ernesto Ramírez (videos “La Lucha de Samir Flores” y “Aquí seguimos”); Fotorreportaje, Antonio Turok; Fotos adicionales: Ernesto Ramírez y Miguel Tovar; Reportaje, Gloria Muñoz Ramírez; Datos oficiales: Paula Mónaco Felipe; Asistente de la coordinación: Delia Fernanda Peralta Muñoz. Septiembre, 2019.
Se reproduce con permiso de los autores.

Ra.

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