Por Teodoro Rentería Arróyave
Red-Acciones | miércoles 28 de junio de 2023
El flamante Código Nacional de Procedimientos Civiles y
Familiares, que entrará en vigor en forma gradual en las entidades federativas
y que no podrá exceder del 1 de abril de 2027, representa un paso enorme en la
dirección correcta, a esa opinión de la International Chamber of Commerce
México, ICC México -Cámara Internacional de Comercio de México-, nos unimos
plenamente.
En un trabajo de análisis de sus expertos, han identificado
los siguientes nueve cambios y beneficios de la novedosa legislación para bien
de la población en su conjunto: 1. La implementación de la oralidad en un mayor
número de procesos con el fin de lograr una justicia pronta y expedita, 2. La
implementación y fortalecimiento del sistema de justicia digital, 3. El
favorecimiento de los medios alternos para la solución de controversias, 4. La
implementación de ajustes de procedimiento y suplencia de las deficiencias de
los planteamientos de personas que pertenecen a grupos sociales en situación de
vulnerabilidad.
Así mismo: 5. La incorporación legislativa expresa de la
perspectiva de género como principio para la emisión de resoluciones
judiciales, 6. La implementación de un nuevo esquema de concurso de acreedores,
7. La incorporación del Juicio Oral Sumario, el cual tiene como característica
que la demanda y la contestación se formulan por comparecencia, 8. La
implementación de una plataforma digital denominada Sistema Nacional de
Información Jurisdiccional con el objeto de proporcionar acceso público a
información judicial, y 9. La derogación de las disposiciones que establezcan
procedimientos de interdicción o procedimientos cuyo efecto sea restringir la
capacidad jurídica de las personas mayores de 18 años.
El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares,
como se comprueba incorpora elementos novedosos y modernos. Para lograr los
objetivos planteados, por ello resulta indispensable la capacitación de los
operadores jurídicos.
El pasado 7 de junio de 2023 se publicó en el Diario Oficial
de la Federación el Decreto por el que se expide el mencionado Código Nacional
de Procedimientos Civiles y Familiares, mismo que consta de 10 libros, 1191
artículos y 20 artículos transitorios. Los artículos transitorios regulan lo
relativo a la entrada en vigor del Código Nacional.
El Código Nacional entrará en vigor en el ámbito federal en
el momento en que las Cámaras de Diputados y Senadores, actuando de manera
separada y sucesiva, previa solicitud del Poder Judicial de la Federación,
emitan una declaratoria en tal sentido. Dicha declaratoria deberá (I) señalar
expresamente la fecha en que entrará en vigor el Código Nacional; y (II) publicarse
en el Diario Oficial de la Federación.
El Código Nacional entrará en vigor en cada una de las
entidades federativas en el momento en que el Congreso local respectivo, previa
solicitud del Poder Judicial de la entidad de que se trate, emita una declaratoria
en tal sentido. Dicha declaratoria, al igual que la que debe emitir el Congreso
de la Unión, deberá (I) señalar expresamente la fecha en que entrará en vigor
el Código Nacional; y (II) publicarse en el periódico o gaceta oficial de la
entidad.
Con la entrada en vigor del Código Nacional se abrogarán el
Código Federal de Procedimientos Civiles y toda la legislación procesal civil y
familiar de las entidades federativas. Los procesos iniciados con anterioridad
a la entrada en vigor del Código Nacional continuarán substanciándose conforme
a la legislación adjetiva vigente al momento de su inicio. Lo anterior, con
excepción de los casos en que las partes acuerden someterse al Código Nacional.
Estupendo avance. El flamante Código Nacional de
Procedimientos Civiles y Familiares es UN PASO ENORME EN LA DIRECCIÓN CORRECTA
Periodista y escritor; presidente del Colegio Nacional de Licenciados
en Periodismo, CONALIPE; secretario de Desarrollo Social de la Federación
Latinoamericana de Periodistas, FELAP; presidente fundador y vitalicio
honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX,
miembro del Consejo Consultivo permanente del Club Primera Plana, Doctor
Honoris Causa por la Universidad Internacional y Académico de Número de la
Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG. Agradeceré sus comentarios y
críticas en teodororenteriaa@gmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en
toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info,
www.ciap-felap.org, www.fapermex.org, y www.clubprimeraplana.org, y el portal
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Ra.
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