- Ley es perfectible y reformas se harán de acuerdo a las necesidades: Maurilio Hernández
- Favorece el ejercicio de una administración eficaz, austera y con perspectiva social, dijo
Diputado Valentín González Bautista: Responde a la realidad de la administración pública, es sólida, precisa y con alcances técnicos para la realización eficaz del funcionamiento del Poder Ejecutivo. |
TOLUCA, Edomex., (jueves 31, agosto 2023). En sesión del segundo
periodo extraordinario, la Legislatura local aprobó por unanimidad las reformas
a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, que
determinan la estructura del próximo gobierno de la Cuarta Transformación que
encabezará la maestra Delfina Gómez Álvarez, y considera nuevas facultades y
atribuciones en políticas con perspectiva de género, respeto a los derechos
humanos y combate a la corrupción.
El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, Maurilio
González Hernández, enfatizó que el dictamen final tuvo aportaciones de todas
las bancadas las bancadas; consta de 5 capítulos, 68 artículos y 12 puntos
transitorios, y contempla 18 dependencias que tienen el mismo rango, a partir
de la Secretaría General hasta la Oficialía Mayor, 16 con denominación de
Secretaría, y dos más que son la Oficialía Mayor y la Consejería Jurídica pero
forman parte del gabinete, pero podría haber ajustes más adelante si se
requiere.
“La ley es perfectible y de acuerdo a las necesidades que se
vayan presentando, de capacidad, movilidad y margen de maniobra que vayan
teniendo los titulares de las áreas, la ley marco que está podrá modificarse,
es un proceso permanente”, afirmó el líder morenista sobre la iniciativa
presentada por Morena, PT, PVEM y diputados independientes.
El diputado Valentín González Bautista presentó en tribuna el dictamen de la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, el cual favorecerá el ejercicio de la administración pública con eficacia, un marco de austeridad, y con perspectiva social, “que responde a la realidad de la administración pública, es sólida, precisa y con alcances técnicos para la realización eficaz del funcionamiento del Poder Ejecutivo”.
En las reformas se establece que la Secretaría de Gobierno
de seguimiento al Programa de Acciones Estratégicas de la Alerta de Violencia
de Género contra las mujeres, y desarrollar en conjunto con la Oficialía Mayor,
la política de Gobierno Digital.
La Secretaría de Seguridad deberá realizar investigación y
contar con bases de datos que contribuyan a la prevención del delito, programas
de reinserción social de las personas en situación de reclusión y garantizar
que la actuación de instituciones policiales sea bajo cero tolerancia a la
corrupción, de transversalización de la perspectiva de género y enfoque de
derechos humano, además de establecer la Policía de Género del Estado de
México.
En tanto que la Secretaría de Finanzas impulsará la igualdad
entre mujeres y hombres a través de la incorporación de la perspectiva de
género en la planeación, diseño y ejecución del presupuesto estatal.
Y de manera puntual, la Secretaría de Educación debe crear
protocolos para prevenir el acoso escolar y sexual dentro de los centros
educativos, además de impulsar guarderías y escuelas de tiempo completo, según
la población objetivo y de acuerdo al presupuesto.
Mientras que la Secretaría del Bienestar deberá publicar los
padrones de personas beneficiarias de los programas sociales del Gobierno del
Estado de México; la Secretaría de Desarrollo Económico debe promover
estrategias para el desarrollo energético sustentable y la Secretaría de las
Mujeres tiene que fortalecer la red estatal de refugios para atender a mujeres
en situación de violencia y sus hijas e hijos.
Y la Secretaría de Movilidad debe fomentar campañas para
reducir índices de accidentes, fomentar el trato respetuoso, inclusión e
igualdad y combatir el acoso; además emitir protocolos para prevenir violencia
contra las mujeres, niñas y adolescentes en el servicio público de transporte.
La Consejería Jurídica será la encargada de dirigir a la
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y a la Comisión de Búsqueda de
Personas del Estado de México, así como participar en el Sistema de Atención a
Víctimas del Estado.
En los artículos transitorios se establece que se cuenta con un lapso 180 días naturales a partir de la entrada en vigor de esta Ley para armonizar la legislación correspondiente, y la persona titular del Poder Ejecutivo deberá expedir la reglamentación de las dependencias en un plazo de 90 días naturales, a partir de su entrada en vigor. ©
Ra.
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