- Para aspirar a cargos de representación popular, no deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias
- Con estos cambios será necesario presentar el certificado de NO inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para procedimientos y tramitaciones
Toluca, Edomex.- En
el pleno de la legislatura local, la diputada Karina Labastida Sotelo propuso
diversas reformas que forman parte de la “Ley Sabina”, con la intención de que
los deudores alimentarios cumplan con la obligación de satisfacer las
necesidades de sustento y supervivencia de sus hijos, lo que permitirá contar
con un marco jurídico en concordancia con los instrumentos internacionales en
materia de derechos humanos, dijo.
Destacó a la principal impulsora de la “Ley Sabina”, Diana
Luz Vázquez, acompañada de madres, hijas e hijos de los deudores que no han
cumplido con el pago de pensión alimenticia y los recibió en el pleno durante
la presentación de la iniciativa que reforma 8 leyes, incluida la Constitución
local.
La legisladora de Morena presentó la Iniciativa con Proyecto
de Decreto para reformar y adicionar diversas disposiciones estatales, a fin de
armonizarlas con la “Ley Sabina”, la Constitución Política, el Código Civil, la
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; la Ley del Notariado del
Estado de México, la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y
Municipios; la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa estatal y
de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, en materia del
Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Enfatizó que esta reforma establece como requisito para
cargos de representación popular, no estar inscrito en el Registro Nacional de
Obligaciones Alimentarias, para ser Gobernadora o Gobernador, diputada o
diputado, propietario o suplente, miembro de un ayuntamiento, magistrada o
magistrado, tanto del Poder Judicial, como del Tribunal de Justicia
Administrativa o aspirante a notario.
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos, actualmente puede ser catalogado como un mecanismo de presión social y civil para responsabilizar a los deudores alimentarios que incumplan con sus obligaciones; es decir, para que las personas obligadas al pago de alimentos no persistan en el incumplimiento del mismo, por lo que constituye una herramienta de protección para salvaguardar los intereses de la familia en materia de alimentos y fomenta una cultura de legalidad en la materia y de solidaridad familiar.
En la exposición de motivos Karina Labastida apuntó que, de
acuerdo al Tercer Informe del Presidente del Tribunal Superior de Justicia del
Estado de México, entre los asuntos que se tramitan con mayor frecuencia se
encuentran los juicios de pensión alimenticia, tan solo en el 2022, se
tramitaron 12 mil 362 juicios, y el incumplimiento de la obligación de la
pensión es un delito.
“Conforme a la información reportada por el director general
del Registro Civil del Gobierno del Estado de México, desde su creación a la
fecha, han sido inscritas un total de 561 personas como Deudores Alimentarios
Morosos, de éstas 534 han sido hombres y 27 mujeres; esto es, el 95 por ciento
de los deudores alimentarios, son hombres” señaló la morenista.
Por lo que esta reforma, subrayó contempla la creación de un
Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, con el objeto de concentrar la
información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias y utilizar
los sistemas e instrumentos tecnológicos del Sistema Nacional DIF para que con
ella se integre el registro.
Con estos cambios será necesario presentar el certificado de
NO inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para
procedimientos y tramitaciones como: Obtención de licencias y permisos para
conducir, de pasaporte o documento de identidad y viaje, y para participar como
candidato a cargos concejiles y de elección popular, así como en el proceso de
selección para asumir el cargo de juez o magistrado en el ámbito local y
federal.
De igual manera en los trámites realizados ante notario
público relativos a la compraventa de inmuebles será necesario presentar el
certificado de no deudor, y para solicitudes de matrimonio en donde el juez
deberá hacer del conocimiento de los contrayentes si alguno se encuentra en el
Registro y la situación que guarda respecto de sus obligaciones, ©
Ra.
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