- Anuncia que continuará en la Legislatura y la determinación consiste si será por la vía de mayoría y/o de representación proporcional
- Ausencia de 15 días entra el secretario del Ayuntamiento; después de 100, el suplente y si no pueda asumir el cargo la gobernadora envía terna
- Establecer mecanismos de recaudación eficientes el reto para 2024
Diputado Maurilio Hernández: El tema político lo provoca quien actúa en una función pública haciendo uso y abuso de su posición, pero con temas que cada quien provoca. |
Toluca, Edomex.- Maurilio
Hernández González, coordinador parlamentario de Morena en la Cámara de
Diputados del Estado de México, precisó que en el caso penal que la Fiscalía
estatal sigue contra el alcalde de Toluca, la Legislatura sólo se mantiene
atenta a que las etapas que marca la Ley se cumplan.
El también vicepresidente de la Junta de Coordinación
Política (Jucopo), máximo órgano de decisión en el Congreso, dijo que cada
actor político y/o representante popular de la entidad mexiquense, es
directamente responsable de sus actos, así como de toda su conducción pública.
Puntualizó, en entrevista registrada previo a la realización
de la sesión legislativa del pleno local, que el alcalde de la capital
mexiquense no es cualquier ciudadano que se pueda ausentar de su trabajo y ya,
pues tiene una representación popular, una responsabilidad pública.
El asunto del alcalde de Toluca ¿no es un tema político? se
le cuestionó al líder de Morena.
“El tema político lo provoca quien actúa en una función
pública haciendo uso y abuso de su posición, pero con temas que cada quien
provoca”, respondió al puntualizar que un alcalde o alcaldesa no se pueda
ausentar de su labor y por ello la Ley prevé un mecanismo que se debe activar.
Fotos CSM. |
En este sentido, Maurilio Hernández, precisó que las etapas que marca la Ley, en caso de ausencia de la o el titular de la administración municipal, refieren que durante los primeros 15 días entra en función el secretario del Ayuntamiento.
Posteriormente, explicó, si siguen las ausencias el Cabildo
tiene facultades de nombrar de entre sus miembros a alguien por un periodo
máximo de 100 días; pero si después de ese tiempo el alcalde o alcaldesa sigue
ausente, se puede determinar que hay una ausencia definitiva y se procede a
llamar al suplente; en caso de que por una u otra circunstancia éste no pueda
asumir el cargo, la titular del Poder Ejecutivo estatal tiene facultades para
enviar una terna al Poder Legislativo, instancia que está facultada para
nombrar a quien suplirá al alcalde ausente.
Maurilio Hernández expresó que todo actor político, por la
naturaleza de su función, está expuesto ética, política y moralmente al
escrutinio de la opinión pública y por eso se le juzga, al margen de los
asuntos de carácter jurídico-administrativos que se desencadenan por una
ausencia.
En este sentido, mencionó que cuando el comportamiento de un
alcalde o alcaldesa ya tiene repercusiones en el cumplimiento de su desempeño
y/o responsabilidad, las instituciones y leyes se activan, ratificó.
Respecto a su futuro político Maurilio Hernández informó que
hay altas probabilidades de que continúe su desempeño en la Legislatura, por lo
que muy probablemente atenderá la convocatoria que Morena emitió para todos
aquellos ciudadanos que buscan competir por un cargo de representación popular,
por lo que la determinación solo consiste si su aspiración será por la vía de
mayoría y/o de representación proporcional.
Por último, el líder de las y los diputados de Morena,
aclaró que aún no entran al detalle del estudio y análisis de la propuesta del
presupuesto, no obstante, consideró que el reto es hacer eficiente el esquema
de recaudación para que el Gobierno del Estado de México, en su conjunto, tenga
margen de maniobra en materia presupuestal para el año 2024. ©
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