- Diputados Azucena Cisneros y Gerardo Ulloa Pérez propusieron reformas al Código Financiero del Estado de México y Municipios
- Se busca castigar severamente a quienes retengan cuotas o aportaciones de la seguridad social; es aprobada en Comisiones
En reunión de trabajo que encabezó la diputada Mónica Álvarez Nemer, integrantes de las comisiones consideraron agotado el análisis y estudio de la iniciativa con proyecto de decreto. Foto CSM. |
Toluca, Edomex.- Por
unanimidad de votos integrantes de las comisiones legislativas de Planeación y
Gasto Público con Finanzas Publicas aprobaron la iniciativa presentada por los
diputados de Morena Azucena Cisneros Coss y Gerardo Ulloa Pérez para establecer
como delito la retención y/o la omisión en el entero de cuotas y/o aportaciones
al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (Issemym).
En reunión de trabajo, que encabezó la diputada Mónica
Álvarez Nemer, los integrantes de las Comisiones Unidas, consideraron agotado
el análisis y estudio de la iniciativa con proyecto de Decreto, por el que se
adiciona el artículo 367 Bis y se adiciona un párrafo segundo a la fracción I y
un párrafo segundo a la fracción II, del artículo 371, del Código Financiero
del Estado de México y Municipios.
Durante, la lectura del dictamen, los representantes del
pueblo estimaron procedente que en el caso cuando exista incumplimiento
derivado de la omisión o de la persona titular o servidora pública responsable
de enterar las cuotas de seguridad social retenidas a los trabajadores de
instituciones públicas se aplicará a esta una multa de 20% al 40% de la
contribución correspondiente.
Defraudación fiscal
Por otra parte, para el caso del delito de defraudación
fiscal, cuando sea cometido por persona servidora pública, que en ejercicio de
sus funciones omita total o parcialmente el entero de las cuotas o aportaciones
de la seguridad social, siendo responsable de ello, la pena que le resulte
aplicable en términos de este artículo se aumentará hasta una mitad más, según
corresponda.
También resulta pertinente que para proceder penalmente por
los delitos fiscales previstos en el Código será necesario que cuando el delito
de defraudación fiscal sea cometido por persona servidora pública, que en
ejercicio de sus funciones, omita total o parcialmente el entero de las cuotas
o aportaciones de seguridad social, siendo responsable de ello, presente la
querella correspondiente la persona servidora pública del Instituto de
Seguridad Social del Estado de México y
Municipios facultada para ello.
En caso de incumplimiento de dicha obligación será
sancionada en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, se precisó.
Y tras la lectura de las consideraciones y el resolutivo,
las y los integrantes de las Comisiones Legislativas de Planeación y Gasto
Público con Finanzas Publicas procedieron a emitir su voto, siendo este a favor
de la iniciativa para reformar el Código Financiero del Estado de México y
Municipios. ©
Ra
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