Y también a los partidos políticos que la sustentan, en las que la panista llamó "narcocandidata" a la también candidata presidencial Claudia Sheinbaum, de Morena; la misma Comisión de Quejas no validó la solicitud de Sheinbaum para que la llamen así
Candidatas presidenciales. Claudia Sheinbaum Pardo y Xóchitl Gálvez Ruiz. Foto Especial. |
Valle de México. El
Instituto Nacional Electoral, INE, ordenó a la candidata presidencial Xóchitl
Gálvez Ruiz y a los partidos políticos que la sustentan, eliminar publicaciones
del segundo debate presidencial en las que la panista llamó
"narcocandidata" a la también candidata presidencial por Morena, Claudia
Sheinbaum Pardo, término que “es una calumnia”.
Así lo determinó por unanimidad la Comisión de Quejas, misma
que no validó la solicitud de Sheinbaum Pardo para que los mismos actores la
llamen así al considerar que son "hechos futuros de realización
incierta".
El organismo electoral, responsable del debate del 28 de
abril pasado, también deberá editar sus trasmisiones publicadas en YouTube y en
la página Central Electoral, además de sus respectivas redes sociales, así como
versiones que realizó en lenguas náhuatl, maya, tsotsil y de Señas Mexicana.
Los tres integrantes de la Comisión de Quejas coincidieron
en que llamarla "narcocandidata" es una calumnia, ya que el propio
término supone “un nexo directo con grupos del crimen organizado, dedicados al
narcotráfico, extorsión y cobro de piso.
"Se estima que existen elementos suficientes para
considerar que las expresiones denunciadas son ilícitas, concretamente al afirmar
que Claudia Sheinbaum es ‘narcocandidata’.
(Sin que se adviertan elementos mínimos de veracidad o base,
para realizar dicha aseveración).
"En consecuencia, respecto a las expresiones que
contienen la referencia ‘narcocandidata’, establecidas en el marco del segundo
debate, resulta procedente la adopción de la medida cautelar, por lo que se
ordena que sean suprimidas de los vínculos electrónicos".
La presidenta de la Comisión de Quejas, Claudia Zavala, consideró
que "aún cuando sea en el ámbito de un debate, donde las expresiones pueden
ser más espontáneas en la difusión pública, se vale que estas expresiones no
queden registradas como parte del debate público, sobre todo que no se tiene un
aspecto probatorio".
Por otra parte, la Comisión citada declaró improcedente la
solicitud de la candidata morenista para evitar que Xóchitl Gálvez y los
partidos de oposición la llamen así, al considerar que son "hechos futuros
de realización incierta". ©
Ra
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