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  • Los hechos, en la colonia Julia Marín: construyeron una zanja para conectar una manguera a la red de agua potable
  • Integrantes de la Unidad Territorial Comunitaria 27 (UTC) hicieron la denuncia correspondiente

Colonia Julia Marín. En el lugar, Seguridad arribó con una unidad del Cuadrante 16, cuyos elementos procedieron a dialogar con Alejandro “N”, dueño del terreno y Herminio “N”, encargado de la obra.
Red-acciones 
Viernes 7 de febrero de 2025

Ecatepec, Edomex. Dos presuntos huachicoleros de agua fueron detenidos por la Policía de Ecatepec tras la denuncia de integrantes de la Unidad Territorial Comunitaria 27 (UTC) de que habrían intervenido la red hidráulica para colocar una toma clandestina, en la Calle 8 de la colonia Julia Marín.

En ese lugar, vecinos detectaron que se había abierto una zanja hasta llegar al tubo de agua potable, que tiene un diámetro aproximado de 6 pulgadas, donde se conectó una manguera de color negro, de más de 3 metros de largo con una llave, que traspasaba la banqueta hasta llegar a un terreno particular.


Y el día de hoy, observaron a dos personas en el lugar, por lo que los integrantes de la UTC 27 dieron aviso al gobierno municipal y solicitaron la intervención de elementos de seguridad, arribando al lugar una unidad del cuadrante 16, cuyos elementos procedieron a dialogar con Alejandro “N”, dueño del terreno y Herminio “N”, encargado de la obra.


Mismos que informaron que no contaban con el permiso que emite el ayuntamiento local para la toma de agua, por lo que los oficiales les dieron a conocer que serían trasladados al Ministerio Público de San Cristóbal, quien realizará las investigaciones correspondientes para determinar su situación jurídica.


Bando Municipal

Detalla el comunicado que en el Bando Municipal 2025, oficialmente presentado este 5 de febrero, el artículo 154 establece: “Son infracciones contra el entorno urbano y ecológico del municipio de Ecatepec de Morelos:

I. Ensuciar, estorbar o desviar las corrientes de agua de manantiales, tanques almacenadores, fuentes públicas, acueductos y tuberías de uso común… (y)

IV. Causar daños a la infraestructura hidráulica, sanitaria y/o pluvial; no contar con la autorización para la conexión a la red de agua y drenaje y carecer de Dictamen de Factibilidad de Servicios y descargar aguas residuales a cielo abierto…”.

Mientras que la LXI Legislatura mexiquense aprobó por unanimidad tipificar y sancionar con penas de dos a seis años de prisión a la persona que, sin autorización, concesión, licencia o permiso expedido por una autoridad competente, sustraiga y se apropie del agua potable de la infraestructura hidráulica, o restrinja su flujo destinado al suministro de las y los usuarios, así como hasta ocho años de cárcel en contra de quien la explote o comercialice. ©

Ra

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